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martes, 14 de mayo de 2013

 
 

Mundialmente se conmemora el 1º de mayo, por la lucha histórica de los trabajadores por el cumplimiento y conquista de nuevos derechos laborales. Esta fecha, tiene el sentido histórico de la reivindicación de los trabajadores como tales, frente a la clase poseedora de los medios de producción.
 
A través del trabajo los seres humanos expresamos nuestras habilidades y capacidades, poniendo en juego nuestra singularidad, vocación, intereses y experiencia.  Las personas al trabajar se desarrollan y progresan con el fin de alcanzar su plena autonomía y se convierten en sujetos protagonistas de la sociedad en la que viven.
Según la Organización Internacional del Trabajo, las cifras de desempleo entre las personas con discapacidad ascienden al 80% y la tasa de actividad es del 30% (la mitad que en las personas que no tienen discapacidad). La falta de acceso al trabajo  es uno de los derechos vulnerados, que más incide en la calidad de vida del colectivo de las personas con discapacidad.

La flagrante violación de los derechos humanos de las PCD en todo el mundo, obligó a los Estados que conforman la Organización de Naciones Unidas a proclamar una nueva Convención específica para este colectivo -Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, 2006; ratificada por Argentina en 2008, ley 26.378-. En ella, nuevamente se alude al derecho humano al trabajo en el Artículo 27º:

 “1º. Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condiciones con las demás; ello incluye el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno laborales que sean abiertos, inclusivos y accesibles a las personas con discapacidad. Los Estados Partes salvaguardarán y promoverán el ejercicio del derecho al trabajo, incluso para las personas que adquieran una discapacidad durante el empleo, adoptando medidas pertinentes, incluida la promulgación de legislación…”

El Frente de Lisiados Peronistas, fue una agrupación de personas con y sin discapacidad que, sumándose a reclamos colectivos de la época, reivindicaban los derechos sociales. Se creó en 1972, bajo el liderazgo de José Poblete, un joven chileno socialmente comprometido que vino a rehabilitarse en el Instituto de Rehabilitación de nuestro país; llegó a contar con más de 200 militantes y se convirtió en un movimiento activo y muy presente en las movilizaciones de la época. En aquellos años, la discapacidad no se asociaba a derechos de ningún tipo, sino que quedaba librada a la voluntad de señoras adineradas que lavaban sus culpas con caridad. Además las discapacidades se hallaban fragmentadas por tipo y eran percibidas por quienes las experimentaban como una tragedia personal y no como un motivo de lucha colectiva.

Con la muerte de Perón y la asunción de su viuda, María Estela Martínez de Perón, La triple A (alianza Anticomunista Argentina) perseguía a los militantes de izquierda y el frente de lisiados peronistas se reconvirtió en la Unión Nacional socioeconómica del Lisiado (UNSEL).

El logro más significativo de la agrupación desde su formación fue la sanción de la ley número 20923, con la ayuda del diputado Orlando Britos, que establece un 4% de empleados con discapacidad no sólo en dependencias del Estado, sino también en empresas privadas y mixtas. Esta ley no llegó a implementarse, sin embargo muchos de los integrantes del frente, lograron contar con un trabajo digno, lo cual era poco frecuente en la época. Con el devenir del proceso, esta ley fue la tercera norma derogada por la junta militar.

Durante la dictadura más atroz de la historia de nuestro país,  los integrantes del FLP, que militaban ahora en la agrupación Cristianos para la Liberación, pasaron a la clandestinidad: dejaron sus empleos y subsistían con la venta ambulante. Muchos integrantes fueron secuestrados y algunos permanecen desaparecidos.

En este día, en el cual recordamos las luchas de los trabajadores, exigimos:


·         Cumplimiento del cupo laboral para personas con discapacidad, de acuerdo a lo establecido en la ley 22.431.
·         Establecimiento de  un cupo en empresas privadas.
·         Prioridad a talleres protegidos de producción y empresas sociales en las compras del estado.
·         No al apto médico para el ingreso laboral.
·         Compatibilidad entre pensión por discapacidad y salario.
·         Seguridad y ajustes razonables en los puestos de empleo.
·         No a la precarización laboral.
·         Equiparación salarial.
·         No la jubilación anticipada por invalidez laboral, reubicación del empleado sin reducción salarial cuando adquiere una discapacidad.


Por un Día de las y los Trabajadores, en el cual todos y todas podamos conmemorar logros, y festejarlo trabajando.
 
 
REDI - Red por los derechos de las personas con discapacidad

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